
LAS TAREAS PENDIENTES DEL MINISTRO ELMER CUBA DEL MEF EN MATERIA DE BONOS AGRARIOS
LA "NUEVA" FÓRMULA DE ACTUALIZACIÓN PUBLICADA POR EL MEF EN EL D.S.Nº 135-2026-EF SIGUE SIENDO CONFISCATORIA
En enero del presente año, el Tribunal Consitucional, máximo intérprete de la Constitución ha ordenado al Ministerio de Economía y Finanzas aprobar una nueva fórmula de actualización, al haber determinado que la contenida en el Decreto Supremo N° 242-2017-EF resulta manifiestamente confiscatoria.
Del mismo modo, siendo evidente que el procedimiento administrativo de pago regulado por el referido decreto supremo contenía una fórmula viciada en su origen, ello implica necesariamente la nulidad de todos los procedimientos de pago tramitados bajo su amparo.
Por ello, resulta lógico y jurídicamente razonable que el Tribunal haya dispuesto la aprobación de un nuevo procedimiento de pago, en la medida que el procedimiento anterior no era el correcto ni compatible con el derecho de propiedad.
Por su parte, el MEF ha publicado el Decreto Supremo N° 135-2026-EF, con el cual da una apariencia de cumplimiento de la sentencia constitucional; sin embargo, constituye una nueva forma de incumplir y desacatar el mandato del Tribunal Constitucional.
En efecto, el MEF no ha reabierto el procedimiento de pago y, lo que es igualmente grave, insiste en aplicar la misma fórmula de actualización que ha sido expresamente proscrita por la sentencia del TC.
Nos encontramos, entonces, ante un nuevo incumplimiento que ya ha sido puesto en conocimiento del Tribunal Constitucional.Los funcionarios del MEF que han tenido la idea de seguir incumpliendo impunemente el mandato del máximo órgano constitucional deberán afrontar las responsabilidades que correspondan. No deben olvidar que, en relación al incumplimiento de sentencias constitucionales, el artículo 27° del Código Procesal Constitucional dispone que, si el obligado no cumple con el mandato, el juez constitucional remite los actuados al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones; asimismo, puede disponer el inicio del procedimiento disciplinario contra funcionarios y servidores públicos ante la entidad que corresponda para su destitución, pudiendo incluso solicitarse su prisión preventiva.
Por ello, esperamos que, en las actuales circunstancias, el Tribunal Constitucional formule el requerimiento correspondiente y que el señor Ministro de Economía y Finanzas, Econ. Elmer Cuba, adopte los correctivos necesarios para dar estricto cumplimiento a la sentencia. Esta invocación resulta especialmente relevante, por cuanto el actual Ministro de Economía se pronunció en su momento de manera favorable al pago de los bonos de la deuda agraria; hoy, en el ejercicio de su nueva función, le corresponde materializar dicho compromiso y dar cumplimiento al mandato constitucional.
ELMER CUBA: DEUDA AGRARIA E INSTITUCIONALIDAD
https://peru21.pe/opinion/deuda-agraria-e-institucionalidad-116509-noticia/?amp
