BONOS AGRARIOS: ABDA PRESENTA LA HOJA DE RUTA PARA 2023. DIRECTO AL OBJETIVO

BONOS AGRARIOS: ABDA PRESENTA LA HOJA DE RUTA PARA 2023. DIRECTO AL OBJETIVO

ACCIONES QUE REALIZAREMOS EL 2023 PARA LA DEFENSA DE LOS BONISTAS PERUANOS

En el último mes del año 2022 se produjeron dos acontecimientos que han influido directamente en la situación de los bonistas peruanos.

Por un lado el proceso internacional seguido por  el Fondo Gramercy contra el Estado peruano ha concluido. El tribunal arbitral ha determinado que la metodología con la que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) valorizó los bonos agrarios, plasmada en el D.S. Nº 242-2017-EF, no obedece a ningún criterio de razonabilidad y ha sido implementada con la intención de reducir arbitrariamente el valor actualizado de los bonos.

De otro lado, la CIDH finalmente comunicó la admisión de la denuncia que había presentado ABDA. La CIDH ha señalado  que el Estado peruano habría violado la Convención Americana de Derechos Humanos al valorizar los bonos de la deuda agraria con una fórmula que hace desaparecer su valor real, infringiendo así las normas que protegen el derecho de propiedad.

Son dos hechos importantes y emblemáticos que harán posible la rectificación del procedimiento de actualización establecido por el MEF en el D.S. Nº 242-2017-EF con ocasión de la resolución de ejecución de sentencia del 16 de julio de 2013.

Por ello, cumpliendo con la hoja de ruta diseñada, daremos los pasos siguientes:

1.- Promover la unión de todos los bonistas a nivel nacional, de todas las asociaciones y grupos de expropiados de las distintas ciudades del Perú.

2.- Presentar con el apoyo del Colegio de Abogados de Ica una solicitud al Tribunal Constitucional (TC) para que, en vista de los recientes hechos, proceda a rectificar la metodología de actualización del MEF, la que se justifica plenamente con la sentencia del caso Gramercy y la resolución de admisión de la CIDH.

3.- En esa linea, el Tribunal deberá instruir al MEF respecto a los criterios que debe contener la metodología de actualización, especialmente respecto a la estructura valorista: VALOR ACTUALIZADO DE LOS BONOS MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES. 

4.- Para efectos de determinar el VALOR ACTUALIZADO, debe aplicarse el tipo de cambio paridad de 1968 o 1969 de acuerdo al fundamento 14 de la resolución de ejecución y teniendo en cuenta las observaciones planteadas por el Tribunal Arbitral.

5.- Una vez convertida la deuda a dólares, el monto resultante debe ser actualizado con la tasa de los bonos del Tesoro Americano de acuerdo al fundamento 25 de la resolución de ejecución del 16 de julio de 2013.

6.- Una vez actualizada la deuda, se convierte a soles al tipo de cambio actual y se liquidan los intereses compensatorios de acuerdo a la tasa reconocida en cada bono, o en su defecto la tasa real de 7.22% anual aprobada en el Laudo Arbitral como tasa de rendimiento idónea para el Perú.

7.- Definida la nueva metodología, el TC debe ordenar la ampliación del procedimiento administrativo de registro, actualización y pago, a efectos que los bonistas puedan presentarse dentro de un plazo razonable.

8.- Adicionalmente y con el fin de facilitar el proceso, ABDA ya ha presentado al Gobierno peruano una propuesta de solución amistosa, a través de la CIDH.

Por ello estén atentos a nuestros comunicados, este año debe ser decisivo.

¡Apoyemos las gestiones de ABDA!

El Consejo Directivo

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