BONOS AGRARIOS: CORTE SUPREMA CORRIGE METODO DE VALORIZACION DE MEF

BONOS AGRARIOS: CORTE SUPREMA CORRIGE METODO DE VALORIZACION DE MEF

CORTE SUPREMA INTERPRETA RESOLUCIÓN DE TC Y CORRIGE FÓRMULA DEL MEF

Un importante giro ha dado la hasta hace poco incierta situación de los Bonos de la Deuda Agraria con ocasión de recientes sentencias del la Corte Suprema que permiten iniciar el camino de una correcta interpretación de la resolución del Tribunal Constitucional del 16 de julio de 2013, no obstante los públicos cuestionamientos que esta contiene.

Las recientes sentencias de la Corte Suprema vienen desestimando los criterios arbitrarios que había establecido el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en el D.S. Nº 242-2017-EF y en tal sentido, empiezan a desarrollar un protocolo de interpretación en concordancia con el artículo 70 de la Constitución.

Se trata de las casaciones Nº 9450-2014 , Nº 12788-2014 y Nº 12683-2015 que establecen que la metodología de conversión a dólares y la tasa de interés de los Bonos del Tesoro Americano ordenada por la resolución del TC, en realidad está destinada a «actualizar» el principal de la deuda, que es independiente a la tasa de interés compensatorio incluida en los bonos desde el momento de su emisión y que no han sido excluidos por la referida resolución del TC.

Por ello las sentencias mencionadas disponen que el saldo impago de los bonos debe ser convertido a dólares y aplicarse la tasa de interés de los Bonos del Tesoro Americano, ello con la finalidad de actualizar el principal impago, una vez actualizado éste, debe procederse a la aplicación de la tasa de interés compensatorio contenida en los bonos.

Es así como la Corte Suprema, aplicando criterios estrictamente constitucionales, le enmienda la plana al MEF que en sus metodologías de valorización desarrollada en el D.S. Nº 242-2017-EF había consignado datos adulterados, e ilegalmente había excluido la tasa de interés de los bonos, lo cual había sido advertido en su oportunidad.

Por ello es imprescindible que el Banco Central de Reserva del Perú publique una nueva serie de tipos de cambio con criterios correctos, ya que los publicados hasta la fecha, bajo la influencia del MEF se encuentran totalmente adulterados y fuera de la realidad.

ABDA proporcionará al BCRP una serie con los valores correctos.

Por ello, los peritajes judiciales que deban presentarse en los procesos judiciales deberán recoger los nuevos criterios establecidos por la Corte Suprema, en el mismo sentido, los jueces de la república deberán declarar la inconstitucionalidad del D.S. Nº 242-2017-EF.

CASACION 9450-2014

CASACION 12788-2014

CASACION 12683-2015

 

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