REFORMA AGRARIA, INVERSIONES Y LA UNIVERSIDAD DE IOWA

REFORMA AGRARIA, INVERSIONES Y LA UNIVERSIDAD DE IOWA

Mario Seoane

A inicios de la década del 60 a la par que una creciente expectativa social por la ejecución de la reforma agraria en el Perú, se iban planteando interrogantes sobre su implementación en aspectos como el costo real de la misma, los criterios de valorización, el pago de las expropiaciones, los índices de productividad, así como las responsabilidades económicas y políticas que tendría que afrontar el Estado Peruano como consecuencia de iniciar un proceso de tal envergadura.

En ese esquema también existían sectores de la izquierda peruana que pugnaban por ejecutar una reforma agraria sin reconocer pago alguno a los propietarios de las tierras, hacendados, medianos y pequeños agricultores, en base a una supuesta reivindicación histórica que no tenía ningún sentido ya que los agricultores habían adquirido sus tierras con contratos formales de carácter civil y administrativo.

Por ello es que a raíz de una gestión directa de JAMES LOEB Embajador de Estados Unidos en el Perú ante USAID es que se inició un proceso de  implementación, de un programa de asistencia técnica  hacia 1961, con el apoyo decidido del Presidente JOHN F. KENNEDY a través de la denominada «Alianza para el Progreso» y la asistencia de expertos de la UNIVERSIDAD DE IOWA.

Los programas comprendían temas vinculados a la organización de las expropiaciones, los temas técnicos de productividad y especialmente los aspectos financieros, vinculados a la valorización, los medios de pago,  así como la inversión de los instrumentos de pago en diversos sectores productivos.

Para ello se consideró necesario modificar la Constitución de 1933 vigente en ese entonces (año 1964), con la finalidad de utilizar bonos del tesoro público para el pago de las expropiaciones, los debates en el Congreso incidieron en que si bien era posible pagar en bonos y no en efectivo ello no podía desencadenar en situaciones de confiscación que podían generarse en el caso de valorizaciones ínfimas o en el repudio de los bonos por parte del gobierno.

En esa línea, los técnicos de la Universidad de Iowa consideraron la importancia de utilizar eficientemente los recursos generados por las expropiaciones y fomentar su traslado hacia otros sectores productivos, de manera tal que los bonos de la deuda agraria sean utilizados como vehículo de inversiones.

Este criterio, desarrollado inicialmente en la Ley 15037 de junio de 1964, promulgada bajo el primer gobierno de FERNANDO BELAUNDE, fue confirmado posteriormente por la nueva Ley de Reforma Agraria (D.L. Nº 17716) implementada por el gobierno militar de JUAN VELASCO ALVARADO, que reconoció en su discurso del 24 de junio de 1969, la necesidad de reconvertir los bonos que recibirían los expropiados en instrumentos de inversiones en sectores industriales, que posteriormente se extendieron a la minería y el turismo. La asesoría de la universidad se extendió hasta 1977.

A fin de consolidar el esquema de inversiones, la Constitución de 1979 estableció la libre transferencia de bonos y su utilización en diversos proyectos económicos considerando su valor nominal, corrigiendo las disposiciones dictadas por el gobierno, que sólo reconocían un porcentaje del valor del bono para efectos de inversiones.

En las actas del debate constitucional el entonces constituyente CARLOS MALPICA SILVA-SANTISTEBAN sostenía que la posibilidad de confirmar la utilización de los bonos agrarios en diversos proyectos de inversiones debía estar vinculada a la condonación de la deuda que los campesinos habían asumido al adquirir las tierras expropiadas por el gobierno militar de VELASCO.

Si bien los sistemas de inversiones fueron implementados, la creciente crisis económica fue limitando la posibilidad de utilizar los bonos, no obstante, su condición de instrumento de inversión fue inobjetable.

VEA: INFORME DE LA UNIVERSIDAD DE IOWA SOBRE LA REFORMA AGRARIA 

Share This